Energía aprueba nuevos cuadros tarifarios mayoristas de electricidad y gas

El gobierno nacional actualizó los valores de referencia para los mercados mayoristas de electricidad y gas natural, modificaciones que impactarán en las facturas residenciales desde julio de 2025.

Estas decisiones fueron oficializadas mediante tres resoluciones de la Secretaría de Energía, publicadas hoy en el Boletín Oficial.

La Resolución 280/2025 aplicó un aumento del 1% en la remuneración correspondiente a la energía eléctrica no contratada previamente.

Asimismo, se fijó un nuevo Precio Spot máximo para el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) en $13.433 por MWh, que comenzará a regir a partir de mañana.

Desde la Secretaría de Energía señalaron que este esquema de remuneración tiene carácter excepcional y temporal, “hasta que se definan e implementen progresivamente mecanismos regulatorios que permitan un funcionamiento autónomo, competitivo y sostenible, facilitando la libre negociación entre oferta y demanda.”

Por otro lado, la Resolución 281/2025 estableció los Precios de Referencia de la Potencia (POTREF) y el Precio Estabilizado de la Energía (PEE) para los Distribuidores del MEM y del Mercado Eléctrico Mayorista del Sistema Tierra del Fuego (MEMSTDF), aplicables desde el 1° de julio hasta el 31 de octubre de 2025.

En materia de gas natural, la Resolución 282/2025 estableció una reducción del 0,74% en el precio en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST), tomando como base el valor vigente según la Resolución N° 228/25.

Este nuevo valor del PIST será trasladado a los consumidores finales para los consumos realizados a partir de julio de 2025, luego de la publicación de los cuadros tarifarios actualizados por ENARGAS.

La normativa recordó que el Estado Nacional puede asumir parte del costo del gas en el PIST “con el fin de mitigar el impacto del precio del gas natural para los usuarios.”

Se destacó que la política de “subsidios generalizados y en aumento constante” ha sido calificada como “incompatible con la situación fiscal actual del país.”

La reestructuración de subsidios al sector energético, dispuesta por el Decreto N° 465/2024, dio inicio a un “Período Transitorio hacia Subsidios Energéticos Focalizados”, prorrogado hasta el 9 de julio de 2026.

En este contexto, el precio del gas en el PIST varía según la categoría socioeconómica de los usuarios: Nivel 1 (altos ingresos), Nivel 2 (bajos ingresos) y Nivel 3 (ingresos medios).

Los usuarios clasificados en el Nivel 1 deberán abonar el costo total del servicio público de gas natural por red que figure en la factura, mientras que los Niveles 2 y 3 contarán con descuentos aplicados sobre un “consumo base” al valor que pagan los usuarios del Nivel 1.

El organismo regulador ENARGAS fue instruido a “implementar las acciones necesarias para que las facturas emitidas por las empresas prestadoras del servicio reflejen el precio del gas natural en el PIST y, cuando corresponda, los descuentos aplicables.”

Además, las tarifas por transporte y distribución de gas natural se ajustarán según las “revisiones tarifarias quinquenales” que realiza ENARGAS.

Estas actualizaciones forman parte del estado de emergencia declarado para el Sector Energético Nacional, vigente desde el Decreto N° 55/2023 y extendido hasta el 9 de julio de 2026.

La Secretaría de Energía fue encargada de “diseñar, poner en marcha y ejecutar un plan de medidas necesarias para fijar precios competitivos y garantizar la inversión en el sector energético.”

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