El Gobierno argentino ha implementado reformas técnicas específicas en el Código Aeronáutico – Ley N° 17.285 – con el objetivo de mejorar la seguridad operacional. Estas reformas se suman a las condiciones de libre acceso a los mercados, cielos abiertos y seguridad establecidas por el DNU N° 70 de diciembre de 2023.
La reforma fue publicada en el Boletín Oficial mediante el DNU N° 941/2024 y fue promovida por la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía y el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado. Esta actualización moderniza la normativa existente para alinearse con los recientes estándares internacionales de auditoría exigidos por la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) y la Administración Federal de Aviación de los Estados Unidos (FAA).
Desde la Secretaría de Transporte señalaron que “con esta modificación del Código Aeronáutico, Argentina ha cumplido con el 100% de las observaciones legales que fueron detectadas por la inspección de la FAA en abril pasado, tras años de deficiencias que llevaron a la intervención de la autoridad aeronáutica”.
Sin embargo, aclararon que “aunque se han abordado todas las observaciones legales requeridas, aún queda por evaluar, en el contexto de esta inspección, otras áreas de carácter técnico, como operaciones y aeronavegabilidad, que serán auditadas en los próximos días”.
Las reformas incluidas en el Código Aeronáutico son:
La inclusión de las atribuciones de la autoridad aeronáutica en la sección “Generalidades” del Código, siguiendo el modelo del derecho anglosajón. Además, se establece que la ANAC tiene la facultad de reglamentar los Anexos Técnicos de los convenios internacionales.
La introducción de un artículo que amplía la noción de autoridad delegada, permitiendo a la ANAC autorizar a terceros, tanto personas físicas como jurídicas, a realizar evaluaciones, certificaciones y supervisiones. Estos deberán cumplir con ciertos requisitos y se definirán los procedimientos para supervisar el desempeño y cumplimiento de las tareas delegadas.
La autorización específica a la ANAC para suspender o prevenir el vuelo de una aeronave por motivos de seguridad operacional.
El fortalecimiento de la figura de los inspectores aeronáuticos, quienes podrán llevar a cabo inspecciones a todos los operadores aéreos, así como a entidades públicas y privadas en el sector aeronáutico. Se les otorgan también facultades preventivas, permitiendo la suspensión de actividades del personal aeronáutico si se determina que no cumplen con los procedimientos y normas. En estos casos, el inspector podrá retener la licencia del personal hasta que se demuestre que se han tomado las medidas correctivas necesarias.
La inclusión explícita de las dos ramas de la aviación civil: comercial y no comercial.
Se afirma que “con esta nueva reforma del Código Aeronáutico, que complementa a la anterior, Argentina está alineada con los más altos estándares normativos según las principales auditorías internacionales”.
No obstante, el Gobierno Nacional ha declarado que se continuará trabajando para regularizar otras áreas operativas que han estado significativamente por debajo de los estándares internacionales, las cuales también fueron señaladas por las auditorías, a causa de la falta de gestión del sistema aeronáutico en administraciones anteriores.