El Ministerio de Salud de la Nación determinó que todas las indicaciones médicas, incluidos los medicamentos de venta restringida, estudios, prácticas, procedimientos y dispositivos médicos, deberán gestionarse con receta electrónica. Así quedó establecido este lunes con la publicación de la Resolución 2214/2025.
Esta medida amplía lo dispuesto desde el 1° de enero, cuando comenzó a exigirse la receta electrónica para la prescripción de medicamentos, en cumplimiento de la Ley 27.553. A partir de ahora, todas las órdenes médicas deberán emitirse de forma digital mediante plataformas inscritas en el Registro Nacional de Plataformas Digitales de Salud (ReNaPDiS), asegurando un sistema integrado, interoperable y con trazabilidad en todo el país.
Según se informó, la normativa busca articular un circuito digital uniforme, disponiendo que los repositorios de recetas sean accesibles para todas las plataformas de prescripción, sin importar la cobertura de salud del paciente.
Entre los avances más relevantes de la disposición se encuentra la incorporación de un sistema de identificación segura y única, tanto para las personas como para las recetas. Para ello se utilizará el CUIL como identificador principal, mientras que cada receta tendrá su propia Clave Única de Identificación de Receta (CUIR). Esta clave permitirá localizar cada indicación médica con precisión, sin riesgos de duplicación o alteración de los datos, fortaleciendo así la trazabilidad y transparencia en los tratamientos.
Por otra parte, la normativa introduce un procedimiento especial para digitalizar las recetas de medicamentos archivados o de prescripción restringida, como psicotrópicos y estupefacientes. Las plataformas digitales deberán garantizar su almacenamiento por al menos tres años, para permitir tareas de auditoría y fiscalización.
Con la implementación de este sistema, no solo se busca agilizar el acceso y la continuidad de los tratamientos, sino también reforzar los controles sanitarios y la supervisión de medicamentos de uso sensible.
Los prestadores de salud y las plataformas digitales contarán con un cronograma para la adecuación: 45 días para aplicar la identificación unívoca de las recetas, 90 días para incorporar la solución de prescripción de recetas archivadas y 120 días para las restringidas.
El Ministerio de Salud coordinará los aspectos técnicos necesarios con todos los sectores involucrados para facilitar esta transición. Sin embargo, en zonas con baja conectividad o donde no sea viable implementar el sistema digital, seguirá en vigencia la receta en papel.
Con esta iniciativa, la cartera sanitaria busca consolidar un sistema de salud más ágil, moderno y seguro, utilizando la tecnología para garantizar la integridad y confidencialidad de los datos médicos, además de un uso responsable de los recursos públicos.