Los contribuyentes inscriptos en el Monotributo deberán prestar atención al calendario de vencimientos de septiembre. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero – ARCA – determinó que el próximo lunes 21 será el último día disponible para abonar la cuota mensual del régimen simplificado.
El vencimiento habitual está previsto para el día 20 de cada mes. Cuando esa fecha coincide con un sábado, domingo o feriado, el plazo se corre hasta la siguiente jornada hábil. En esta oportunidad, el 20 de septiembre de 2026 será domingo, por lo que el pago podrá efectuarse durante el lunes 21 sin quedar fuera de término.
La obligación alcanza a los contribuyentes comprendidos entre las categorías A y K. El importe correspondiente a cada caso está determinado principalmente por la categoría en la que se encuentra registrado el contribuyente y por las características de su actividad.
Las escalas actualmente vigentes comenzaron a regir el 1° de agosto. A partir de esa actualización, los ingresos brutos anuales establecidos como referencia parten de $12.009.410,45 para la categoría A y alcanzan los $126.610.838,75 en la categoría K.
Cuánto corresponde pagar por el Monotributo en septiembre:
Los importes mensuales varían de acuerdo con la categoría y, desde determinados niveles, también según el tipo de actividad desarrollada. Para quienes realizan locaciones o prestan servicios, los valores totales informados por ARCA son los siguientes:
Categoría A: $49.527,18.
Categoría B: $56.379,08.
Categoría C: $66.020,12.
Categoría D: $84.612,93.
Categoría E: $119.811,45.
Categoría F: $150.784,21.
Categoría G: $230.312,94.
Categoría H: $522.706,68.
Categoría I: $963.747,86.
Categoría J: $1.167.299,76.
Categoría K: $1.614.446,04.
El valor de la cuota surge de distintos conceptos que integran el régimen simplificado. Entre ellos se encuentran el impuesto integrado, el componente previsional destinado al SIPA y el aporte correspondiente a la obra social.
Sin embargo, no todos los monotributistas deben afrontar necesariamente los tres componentes. Existen situaciones particulares en las que un contribuyente puede estar exento de alguno de ellos, por lo que el importe efectivamente abonado puede ser diferente.
Qué factores se tienen en cuenta para definir la categoría:
La facturación anual no es el único elemento utilizado para establecer la categoría dentro del Monotributo. Según el tipo de actividad, también pueden contemplarse otros parámetros.
Entre ellos aparecen la superficie utilizada para desarrollar la actividad, el nivel de consumo de energía eléctrica, los alquileres devengados y el valor máximo correspondiente a cada unidad comercializada. Estos factores se combinan con los ingresos brutos para determinar el encuadramiento del contribuyente.
Cómo abonar la cuota antes del vencimiento:
ARCA dispone que, en términos generales, los monotributistas deben utilizar medios electrónicos para realizar el pago mensual. Existen algunas excepciones contempladas por la normativa, entre ellas determinados casos correspondientes al Monotributo Social, integrantes de cooperativas de trabajo y trabajadores independientes promovidos.
Una de las opciones disponibles es generar un Volante Electrónico de Pago (VEP). Para hacerlo, el contribuyente puede acceder con su Clave Fiscal a los servicios de ARCA, entre ellos “Presentación de DDJJ y Pagos” o la Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos (CCMA).
También se encuentran habilitadas otras alternativas digitales, como el pago mediante código QR a través de billeteras virtuales autorizadas, aplicaciones móviles y homebanking. Otra posibilidad es solicitar la adhesión al débito automático para que el importe sea descontado de manera mensual.
La aplicación ARCA Móvil ofrece además distintas funciones vinculadas con el régimen. Desde allí es posible efectuar pagos, consultar obligaciones pendientes, informar una CBU para utilizar el débito automático y acceder a un calendario personalizado con los próximos vencimientos.
Por otra parte, la CCMA permite controlar el estado de las obligaciones. El sistema muestra información sobre deudas, intereses y eventuales saldos a favor, además de permitir verificar el período al que fue asignado cada pago realizado.
De esta manera, el lunes 21 de septiembre de 2026 será la fecha que deberán tener presente los monotributistas para cumplir con la cuota mensual correspondiente. Realizar el pago dentro del plazo evita que la obligación quede pendiente y genere posteriormente los intereses previstos.
