Los bancos empezaron a informar cambios en las condiciones de las tarjetas de crédito

Según la regulación, los bancos están obligados a notificar a sus clientes con al menos dos meses de antelación cualquier modificación en los contratos. 

Mientras varias entidades evalúan los ajustes a realizar, un banco líder ya ha comenzado a comunicar estos cambios a sus clientes. “Nos complace informarle que, a partir de abril de 2024, se incluirá en su resumen de tarjeta de crédito la tasa aplicable a los intereses punitorios”, indica la comunicación electrónica de dicho banco. 

En esencia, se ha eliminado el límite del 50% en la tasa de interés por mora, es decir, el interés diario que se cobra por no pagar ni siquiera el pago mínimo del resumen. Este costo se suma a los intereses compensatorios que se calculan sobre la diferencia entre el monto pagado y el pago total. 

La entidad especifica que el nuevo texto del contrato será el siguiente: “Los pagos realizados después de la fecha de vencimiento, aquellos que se acrediten después de dicha fecha, o la diferencia no abonada entre el Pago Mínimo y el Pago Total, devengarán intereses sobre el monto adeudado desde la fecha de vencimiento. 

Los intereses moratorios comenzarán a acumularse al día siguiente de la fecha de vencimiento del resumen y sobre el pago mínimo impago. Dichos intereses se registrarán en la cuenta y se detallarán en los resúmenes, junto con la tasa aplicable”. El mismo banco informa a sus clientes que comunicará “en su debido momento el tipo de cambio aplicable para liquidar sus consumos en moneda extranjera utilizando pesos”. 

Además, en relación con este punto, el emisor de tarjetas proporciona la nueva redacción del contrato: “Los gastos, consumos y otros cargos en moneda extranjera se liquidarán, registrarán o cobrarán según lo establezca la normativa vigente en la fecha de liquidación, registro o cobro. 

El monto entregado para cancelar cargos en moneda extranjera se considerará como pago a cuenta de la liquidación definitiva al tipo de cambio que el banco informe oportunamente”. 

La comunicación recuerda a los clientes que tienen la opción de rescindir el contrato en cualquier momento antes de que entre en vigencia el cambio, sin incurrir en ningún cargo. En caso de optar por esta acción, el cliente deberá abonar los pagos pendientes hasta ese momento.

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